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¿ETE, DIT O DIT plus?

A menudo los fabricantes se enfrentan a la decisión de elegir el procedimiento más adecuado para la evaluación de sus productos innovadores; optar entre el Documento de Idoneidad Técnica (DIT) nacional y la Evaluación Técnica Europea (ETE). O incluso un Documento de Idoneidad Técnica plus.

El ETE, como indica su definición, no evalúa la idoneidad del producto para el uso asignado, lo que puede ser una desventaja, en tanto que, como ventaja, es el camino para la obtención del marcado CE.

El DIT, como marca de calidad, establece los valores de referencia exigibles al producto, por ejemplo: resistencia a la compresión de un mortero, resistencia mínima al viento para una fachada ventilada, etc., proporcionando al técnico la información necesaria para la elección del producto, de forma que un simple listado de valores proporcionados por el fabricante, no puedan considerase suficientes por el técnico considerando la obra a realizar.

El fabricante tiene que decidir entre las siguientes opciones (ventajas o inconvenientes)

La decisión dependerá del interés del fabricante por el mercado nacional o europeo, por aportar el listado de las prestaciones o por justificar, en su ámbito nacional, la idoneidad técnica de su producto para el fin al que se destina. Del mismo modo, serán los agentes de la edificación los que podrán reclamarle lo que consideren como información más completa relativa a su producto.

El DIT plus, puede ser por tanto la forma de cumplir ambas exigencias; de ser competitivos internacionalmente (marcado CE) y nacionalmente (justificando el cumplimiento de nuestro CTE).